miércoles, 31 de julio de 2013

Escrito de CSIF con propuestas para el concierto sanitario que se está negociando en estos momentos

Os adjuntamos un primer escrito con propuestas que hemos presentado a la Gerente de la Mutualidad. De todas formas, los delegados de CSIF y, especialmente, los compromisarios avalados por nuestro sindicato, seguimos a disposición de cualquier mutualista por si desearan realizar alguna propuesta en relación con el concierto sanitario que se está negociando en estos momentos.

Que se esté negociando un nuevo convenio es una buena noticia para CSIF después de que en una reciente reunión de MUFACE se desprendiera justamente lo contrario. En este sentido, reclamamos mucha más transparencia a la MUGEJU y que, como viene pidiendo CSIF desde hace años, los compromisarios tengan acceso directo a toda la información sobre la MUGEJU y no sólo cada unos cuantos meses en las Asambleas.

Documento relacionado:

Escrito presentado por CSIF a la Gerente de la MUGEJU sobre la negociación del nuevo concierto sanitario

lunes, 29 de julio de 2013

MUGEJU: FALTA ABSOLUTA DE INFORMACIÓN A LOS COMPROMISARIOS

Los compromisarios que hemos sido elegidos en listas de CSI-F a Compromisarios de la Mutualidad General Judicial llevamos años quejándonos de la falta de información sobre las decisiones que se adoptan (por ejemplo, los últimos hachazos a las prestaciones) y sobre el contenido de las reuniones de la Comisión permanente, órgano que debe velar por lo acordado en la Asamblea de compromisarios y, en consecuencia, debería informar puntualmente a éstos de su actividad. 

Documento adjunto:

viernes, 26 de julio de 2013

Se establecen límites de aportación en la compra de medicamentos por los mutualistas en casos de enfermedades crónicas

Ley 10/2013, de 24 de julio, por la que se incorporan al ordenamiento jurídico  español las Directivas 2010/84/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de  15 de diciembre de 2010, sobre farmacovigilancia, y 2011/62/UE del  Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, sobre prevención  de la entrada de medicamentos falsificados en la cadena de suministro legal,  y se modifica la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los  medicamentos y productos sanitarios.

Recordemos que la reforma de la Ley 29/2006 equipara en dos supuestos muy concretos la situación de los mutualistas con la de los usuarios del Régimen General de la Seguridad Social, al establecer que les son de aplicación a los mutualistas lo dispuesto en el párrafo e) del apartado 8 (exención de pago de medicamentos de uso ambulatorio a las personas con tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional, y en el  párrafo a); y lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 94 bis ( límite del 10 % del precio en los medicamentos pertenecientes a los grupos ATC de aportación reducida, con una aportación máxima para el 2013 de 4,20 € por medicamento, para tratamientos de carácter crónico).

Enlace relacionado: 
Ley 10/2013, de 24 de julio

lunes, 8 de julio de 2013