jueves, 15 de diciembre de 2011

MUGEJU: Convocatoria de ayudas a la atención de personas mayores y otras ayudas sociales




En el BOE de hoy, la MUGEJU publica la Resolución de 1 de diciembre de 2011, de la Mutualidad General Judicial, por la que se convoca la concesión de ayudas del Programa de atención a personas mayores y otras ayudas sociales para el año 2012. Se abre así el plazo para solicitar dichas ayudas.

Enlace relacionado:

Resolución de la MUGEJU

martes, 15 de noviembre de 2011

Prórroga del concierto sanitario en el BOE


En el BOE de hoy, 15 de noviembre, se publica la Resolución de 2 de noviembre de 2011, de la Mutualidad General Judicial, por la que se publica la prórroga para 2012 del concierto para el aseguramiento del acceso a la prestación de asistencia sanitaria en el territorio nacional a mutualistas y demás beneficiarios que no opten por recibirla a través del sistema sanitario público, y la relación de entidades de seguro que han suscrito la misma.

Documentos adjuntos:


Lo que cuesta tener opinión independiente


Ante determinadas insidias que contra CSI-F se están extendiendo y con la intención de dejar claras las cosas huyendo de la manipulación, como complemento a la circular publicada ayer y en favor de los derechos de los mutualistas, os adjuntamos una circular en la que explicamos un poco lo que sucedió en el transcurso de la Asamblea con la propuesta de reprobación de la Gerente de la Mutualidad.

Algunos no entienden que los demás tengamos opiniones propias y exigen a los demás lo que, evidentemente, no se exigen a ellos mismos. Es una pena porque a la MUGEJU, en la situación en la que estamos, le sobran protagonismos y salidas de tono (y de volumen).

En fin, leed la circular y opinad.

Documentos relacionados:


lunes, 14 de noviembre de 2011

Asamblea de la MUGEJU (11/11/2011)


El pasado viernes se celebró en Madrid la reunión de la Asamblea de la MUGEJU con participación de los compromisarios de CSI-F. Del contenido de la reunión os damos cuenta en la circular adjunta. En la citada reunión CSI-F mantuvo una postura coherente en defensa del sistema de prestaciones que representa la MUGEJU y huyó de las maniobras políticas que algunos orquestaron para, quizá, desviar la atención de los problemas reales por los que atraviesa nuestra mutualidad y que pueden condicionar su futuro. Y esa defensa se materializa en la presentación de propuestas y en la defensa en los tribunales de los derechos de los mutualistas como es el caso del recurso contra la reforma unilateral del Reglamento de la MUGEJU operado en las últimas fechas. Es decir, dejando a un lado los personalismos.

jueves, 3 de noviembre de 2011

Asamblea de la MUGEJU (11/11/2011)


Os adjuntamos circular nacional de CSI-F sobre los pormenores de la próxima asamblea de la MUGEJU que se va a celebrar el próximo viernes 11 de noviembre en Madrid. Se prevé una Asamblea "movidita" porque, en los últimos meses, se ha visto acrecentado el interés por cargarse la mutualidad incluso desde dentro.


Renovación de los convenios con las entidades médicas


La Gerencia de la MUGEJU comunica en nota de prensa que ha alcanzado un acuerdo con las entidades médicas ASISA, CASER, DKV, MAPFRE, SANITAS Y SEGURCAIXA ADESLAS para prorrogar el seguro de los mutulistas de la Administración de Justicia para 2012. Según manifiesta la gerencia de la MUGEJU se mantiene el umbral asistencial para toda la Administración de Justicia.


Así, el próximo mes de enero se podrá optar por recibir la asistencia sanitaria a través de cualquiera de las citadas compañías o a través de los servicios de salud de las Comunidades autónomas.


Desde CSI-F hemos dirigido una consulta a la MUGEJU sobre el mantenimiento de los cuadros médicos de las compañías dados los problemas que la reducción de dichos cuadros el año pasado, ocasionó a muchos de los compañeros, sobre todo en las grandes ciudades.


Es decir, está muy bien que se renueven los convenios pero también queremos conocer la letra pequeña para poder valorar la gestión de la MUGEJU más allá del autobombo que se detecta en la nota de prensa de la Gerente de la mutualidad.


Enlace relacionado:


Nota de prensa de la MUGEJU sobre renovación de los convenios con entidades médicas

lunes, 29 de agosto de 2011

Cuentas de la MUGEJU


La Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo, por la que se regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de las Cuentas Anuales de las Entidades Estatales de Derecho Público a los que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, establece en su disposición tercera la obligatoriedad de publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la información relativa a las cuentas anuales que determine la Intervención General de la Administración del Estado.

Por Resolución de 28 de noviembre de 2006 (BOE n.º 291 de 6/12/2006) la IGAE determinó el contenido mínimo que se debería publicar que, para las entidades cuyo presupuesto de gastos tuviera carácter limitativo –como es el caso de esta Mutualidad–, sería el Resumen de las Cuentas Anuales regulado en el apartado 1.2 del artículo 2.º de la Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo.

Enlace relacionado:

miércoles, 27 de julio de 2011

Cambio de tarjeta de Mutualista


La MUGEJU pretende cambiar en breve la tarjeta de mutualista. Para ello, ha solicitado que todos los funcionarios pertenecientes a la mutualidad actualicen sus datos personales (sobre todo el doimicilio) a fin de depurar la base de datos.

Este trámite se puede realizar a través de la Delegación de la MUGEJU o bien, a través del Portal del Mutualista.

No obstante, este último sistema plantea varios problemas ya que su acceso está limitado a quienes tienen tarjeta de LEXNET.

En la circular adjunta te explicamos la envergadura del problema y como CSI-F, una vez más, estaba en lo cierto cuando denunció los problemas que la forma de introducir la firma electrónica en los Juzgados iba a ocasionar. El Ministerio como siempre en su nube.

Documento adjunto:


sábado, 23 de julio de 2011

Nuevo Reglamento sobre el Mutualismo Judicial


Siguiendo con la noticia publicada en el blog hace unos días os adjuntamos el texto íntegro de una nota de la Gerente de la MUGEJU en la que explica el contenido de la reforma y también el contenido del Reglamento aprobado.

Documentos relacionados:



lunes, 18 de julio de 2011

Decretazo del Ministerio: Nueva normativa de la MUGEJU


Por sorpresa y sin ningún tipo de negociación, el Ministerio de justicia aprueba el nuevo reglamento del mutualismo judicial. Para CSI-F es inadmisible que una decisión de este calibre se tome mediante Real decreto y sin ni siquiera comunicar a los compromisarios de la mutualidad. Una vez más, el Ministerio evidencia su poco respeto hacia los funcionarios de Justicia y unas formas de dirigir que rayan en el despotismo más absoluto.


Os transcribimos la nota de prensa publicada en la web del Gobierno tras el Consejo de Ministros del pasado viernes.


"APROBADO EL NUEVO REGLAMENTO DEL MUTUALISMO JUDICIAL

El Consejo de Ministros ha aprobado el Reglamento General del Mutualismo Judicial, por el que se regula el régimen especial de Seguridad Social que tiene el personal al servicio de la Administración de Justicia. Están integrados en este régimen los miembros de las carreras Judicial y Fiscal, los funcionarios de carrera del Cuerpo de Secretarios Judiciales, de Médicos Forenses, de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial, los funcionarios en prácticas, aspirantes al ingreso en las carreras y cuerpos anteriores.

Como novedad, quedan también integrados los letrados de carrera que integran el Cuerpo de Letrados del Tribunal Constitucional, en virtud del artículo 81 del Acuerdo de 5 de julio de 1990 del pleno del Tribunal Constitucional, por el que se aprueba el Reglamento de organización y personal del Tribunal y el personal al servicio de la Administración de Justicia que pase a desempeñar o ejercer funciones como suplente, sustituto o interino en las Carreras y Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, conforme a lo establecido en la disposición vigésimo primera de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2009.
No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Real Decreto-Ley de 3 de diciembre de 2010 de adecuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, el personal que haya ingresado a partir del 1 de enero de 2011 queda integrado en el Régimen General de la Seguridad Social a los exclusivos efectos de pensiones.
Nuevas regulaciones
El Reglamento regula, además:
El protocolo de incorporación a la Mutualidad y la definición del colectivo de personas protegidas.
El régimen de cotización.
Las normas generales de la acción protectora donde se definen las contingencias protegidas.
Las prestaciones en particular:
- Sanitarias y farmacéuticas: en las prestaciones sanitarias se actualiza y se sistematiza la terminología utilizada respecto del colectivo protegido, de las técnicas médicas y de asistencia, la prestación farmacéutica aparece regulada en análogos términos a los del Reglamento anterior.
- Incapacidad temporal: se adapta la normativa a la reforma introducida en la Ley General de Seguridad Social por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010.
- Incapacidad permanente, las prestaciones sociales y de asistencia social y de lesiones permanentes no invalidantes: Aparecen reguladas de forma similar al régimen anterior. En el caso de la Gran invalidez, su regulación aparece más detallada que en el reglamento anterior, pero no conlleva la ampliación de supuestos.
- Prestaciones de protección a la familia: Siguen la misma línea establecida para el régimen general de la Seguridad Social y las reconocidas en la actualidad en el mutualismo judicial.
- Riesgo durante el embarazo o lactancia natural: Es una de las grandes novedades del Reglamento. Aunque estas contingencias ya vienen recogidas en los presupuestos de la Mutualidad desde hace varios años, ahora se incorporan a la norma dando cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Protección de la mujer
Más del 64 por 100 del colectivo protegido son mujeres y la tendencia es que seguirá incrementándose. Por ello, este Reglamento hace especial hincapié en clarificar todas las prestaciones que proporciona la Mutualidad en relación con la maternidad, la lactancia natural el parto y el puerperio. Como modalidad de incapacidad temporal, y junto a la licencia por riesgo durante el embarazo, se ha incluido la licencia por riesgo durante la lactancia natural de un hijo menor de nueve meses, al mismo tiempo que se garantiza la plenitud de los derechos económicos de la funcionaria que se encuentre en cualquiera de ambas situaciones.
La norma no supone en ningún caso un aumento del gasto público, ya que realiza actualizaciones y adaptaciones normativas sin introducir ninguna contingencia que suponga la necesidad de una nueva dotación presupuestaria."

jueves, 7 de julio de 2011

CSIF EN CONTRA DE LA DESAPARICIÓN DE LA ASAMBLEA




En una noticia anterior os informábamos de la intención de la MUGEJU de eliminar la Asamblea como órgano representativo de la misma. Para CSI-F esto supone una cacicada en toda regla que repele a cualquiera que tenga un mínimo sentido democrático.

Documento relacionado:


miércoles, 6 de julio de 2011

Borrador de reforma de la MUGEJU: Desaparece la asamblea general


Es así, el Borrador de Real Decreto contiene una medida tan sorprendente como inaudita que no es otra sino la desaparición de la Asamblea General de compromisarios. Supone eliminar el único órgano representativo de la MUGEJU por una decisión unilateral del Ministerio y los actuales dirigentes de la entidad. La Asamblea General tiene, entre otras funciones, la de vigilar y controlar los órganos ejecutivos de la MUGEJU que ahora pasan a un Consejo rector y a una comisión ejecutiva.

La composición de estos órganos deja en minoría de 7 a 5 a los funcionarios de Justicia que somos la mayoría de los usuarios de la MUGEJU frente a los nombrados a propuesta del Ministerio.

Con esta decisión se suprime la democracia en la MUGEJU y la participación directa de los funcionarios en la vida de dicha entidad. Una medida que repele a todo aquel con un mínimo de sensibilidad democrática.

CSIF ya ha manifestado su oposición frontal a esta inaudita medida.

viernes, 24 de junio de 2011

Nueva tarjeta de afiliación de MUGEJU


MUGEJU va a a emitir una nueva Tarjeta de Afiliación, y va a remitirla al domicilio de la residencia de cada mutualista. Es importante que cada uno de los mutualistas actualicemos nuestro domicilio y datos personales y familiares, en el caso de que hayan experimentado algún cambio. Podemos hacerlo en la Delegación Provincial de MUGEJU o a través del Portal del Mutualista

jueves, 5 de mayo de 2011

Nueva póliza sanitaria para viajes en el extranjero


La MUGEJU nos informa sobre la nueva póliza de seguro sanitario de asistencia en el extranjero firmado con la compañía SOS Internacional y de la que os adjuntamos información sobre las condiciones y cobertura en documento adjunto. Desde el 1 de mayo está vigente este seguro que sustituye al anterior firmado con INTERPARTNER.

Recordad que también podéis obtener la Tarjeta Sanitaria Europea para viajar dentro de la Unión pero que dicha tarjeta sólo garantiza la prestación sanitaria en el extranjero en las mismas condiciones que los nacionales del país en el que os encontréis por lo que podréis estar expuestos a situaciones de copago sanitario vigente en alguno de estos países.


Documentos relacionados:
Seguro sanitario SOS INTERNACIONAL
Tarjeta sanitaria MUGEJU
WEB MUGEJU

jueves, 14 de abril de 2011

Registro electrónico de la MUGEJU

Resolución de 5 de abril de 2011, de la Mutualidad General Judicial, por la que se crea y regula el Registro electrónico del Organismo. La presente resolución tiene por objeto la creación y regulación del registro electrónico en la Mutualidad General Judicial, encargado de la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones, así como el establecimiento de los requisitos y condiciones de funcionamiento de dicho registro respecto de los trámites y procedimientos comprendidos dentro de su ámbito de aplicación

Documento relacionado:

Resolución de 5 de abril de 2011, de la Mutualidad General Judicial

Versión para imprimir

domingo, 10 de abril de 2011

El teléfono de MUGEJU 24 horas desparece:No ha durado ni dos años.


Os adjuntamos información sobre la eliminación servicio telefónico de 24 horas de la MUGEJU, a partir del 31 de mayo. 


Enlace relacionado:


miércoles, 9 de febrero de 2011

NOTA DE PRENSA DE CSIF SOBRE REFORMA DE LAS PENSIONES

REFORMA DEL SISTEMA DE JUBILACIONES

Ante las informaciones de distintos medios de comunicación sobre el acuerdo alcanzado entre Gobierno, CC.OO, UGT y la Patronal para reformar el sistema de pensiones, la CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE Y DE FUNCIONARIOS, CSI-F, lamenta que un tema tan importante para el conjunto de la sociedad haya sido objeto mercadeo y ocultismo entre las partes, sin trasladar a la sociedad la totalidad ni de los temas ni de los acuerdos alcanzados.
Se está perdiendo una oportunidad insustituible para poner las bases de una reforma del sistema de pensiones efectiva, satisfactoria y real para todos:
▪ No se aborda la opción de una jubilación flexible que reconozca el derecho de un trabajador a que cuando haya cotizado un número significativo de años pueda jubilarse sin merma económica independientemente de su edad, reforzando la relación entre el esfuerzo de cotización y la prestación, vinculando la edad de jubilación al periodo de cotización y a partir de determinado periodo, permitir la jubilación voluntaria sin pérdida de derechos.

▪ El aumento del periodo de cálculo de la prestación de los 15 a los 25 años empobrece a los futuros jubilados, nos vuelve a hacer pagar la desastrosa gestión actual de las Administraciones Públicas a los trabajadores en el futuro.

▪ Retrasan el derecho de la jubilación anticipada, con la consiguiente repercusión en el acceso de los jóvenes al trabajo a través de los contratos de relevos y con una carga añadida a determinados colectivos que demandaban esta opción.

▪ No hay constancia de que aborden las prejubilaciones escandalosas que en muchos casos con dinero público abordan, bancos, cajas de ahorros y grandes empresas.

▪ Las jubilaciones no contributivas deberían de ser financiadas vía presupuestos generales del Estado, no a través de las cotizaciones de los trabajadores.
▪ Con la alta tasa de paro entre los jóvenes españoles, unido a la prolongación de la edad de jubilación y a los años necesarios para llegar a la percepción completa de una jubilación económicamente ya mermada, obligarán a una gran parte de esta población a que si quieren tener una jubilación digna tener que acudir a los planes de pensiones de las entidades financieras.

▪ Tampoco abordan las jubilaciones de los políticos, perpetuando el que haya ciudadanos de primera y de segunda. Y sobre todo mientras no se aborden los grandes problemas que generan el déficit público de las Administraciones Públicas todas las medidas que se adopten serán al final ineficaces.