lunes, 29 de agosto de 2011

Cuentas de la MUGEJU


La Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo, por la que se regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de las Cuentas Anuales de las Entidades Estatales de Derecho Público a los que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, establece en su disposición tercera la obligatoriedad de publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la información relativa a las cuentas anuales que determine la Intervención General de la Administración del Estado.

Por Resolución de 28 de noviembre de 2006 (BOE n.º 291 de 6/12/2006) la IGAE determinó el contenido mínimo que se debería publicar que, para las entidades cuyo presupuesto de gastos tuviera carácter limitativo –como es el caso de esta Mutualidad–, sería el Resumen de las Cuentas Anuales regulado en el apartado 1.2 del artículo 2.º de la Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo.

Enlace relacionado:

miércoles, 27 de julio de 2011

Cambio de tarjeta de Mutualista


La MUGEJU pretende cambiar en breve la tarjeta de mutualista. Para ello, ha solicitado que todos los funcionarios pertenecientes a la mutualidad actualicen sus datos personales (sobre todo el doimicilio) a fin de depurar la base de datos.

Este trámite se puede realizar a través de la Delegación de la MUGEJU o bien, a través del Portal del Mutualista.

No obstante, este último sistema plantea varios problemas ya que su acceso está limitado a quienes tienen tarjeta de LEXNET.

En la circular adjunta te explicamos la envergadura del problema y como CSI-F, una vez más, estaba en lo cierto cuando denunció los problemas que la forma de introducir la firma electrónica en los Juzgados iba a ocasionar. El Ministerio como siempre en su nube.

Documento adjunto:


sábado, 23 de julio de 2011

Nuevo Reglamento sobre el Mutualismo Judicial


Siguiendo con la noticia publicada en el blog hace unos días os adjuntamos el texto íntegro de una nota de la Gerente de la MUGEJU en la que explica el contenido de la reforma y también el contenido del Reglamento aprobado.

Documentos relacionados:



lunes, 18 de julio de 2011

Decretazo del Ministerio: Nueva normativa de la MUGEJU


Por sorpresa y sin ningún tipo de negociación, el Ministerio de justicia aprueba el nuevo reglamento del mutualismo judicial. Para CSI-F es inadmisible que una decisión de este calibre se tome mediante Real decreto y sin ni siquiera comunicar a los compromisarios de la mutualidad. Una vez más, el Ministerio evidencia su poco respeto hacia los funcionarios de Justicia y unas formas de dirigir que rayan en el despotismo más absoluto.


Os transcribimos la nota de prensa publicada en la web del Gobierno tras el Consejo de Ministros del pasado viernes.


"APROBADO EL NUEVO REGLAMENTO DEL MUTUALISMO JUDICIAL

El Consejo de Ministros ha aprobado el Reglamento General del Mutualismo Judicial, por el que se regula el régimen especial de Seguridad Social que tiene el personal al servicio de la Administración de Justicia. Están integrados en este régimen los miembros de las carreras Judicial y Fiscal, los funcionarios de carrera del Cuerpo de Secretarios Judiciales, de Médicos Forenses, de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial, los funcionarios en prácticas, aspirantes al ingreso en las carreras y cuerpos anteriores.

Como novedad, quedan también integrados los letrados de carrera que integran el Cuerpo de Letrados del Tribunal Constitucional, en virtud del artículo 81 del Acuerdo de 5 de julio de 1990 del pleno del Tribunal Constitucional, por el que se aprueba el Reglamento de organización y personal del Tribunal y el personal al servicio de la Administración de Justicia que pase a desempeñar o ejercer funciones como suplente, sustituto o interino en las Carreras y Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, conforme a lo establecido en la disposición vigésimo primera de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2009.
No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Real Decreto-Ley de 3 de diciembre de 2010 de adecuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, el personal que haya ingresado a partir del 1 de enero de 2011 queda integrado en el Régimen General de la Seguridad Social a los exclusivos efectos de pensiones.
Nuevas regulaciones
El Reglamento regula, además:
El protocolo de incorporación a la Mutualidad y la definición del colectivo de personas protegidas.
El régimen de cotización.
Las normas generales de la acción protectora donde se definen las contingencias protegidas.
Las prestaciones en particular:
- Sanitarias y farmacéuticas: en las prestaciones sanitarias se actualiza y se sistematiza la terminología utilizada respecto del colectivo protegido, de las técnicas médicas y de asistencia, la prestación farmacéutica aparece regulada en análogos términos a los del Reglamento anterior.
- Incapacidad temporal: se adapta la normativa a la reforma introducida en la Ley General de Seguridad Social por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010.
- Incapacidad permanente, las prestaciones sociales y de asistencia social y de lesiones permanentes no invalidantes: Aparecen reguladas de forma similar al régimen anterior. En el caso de la Gran invalidez, su regulación aparece más detallada que en el reglamento anterior, pero no conlleva la ampliación de supuestos.
- Prestaciones de protección a la familia: Siguen la misma línea establecida para el régimen general de la Seguridad Social y las reconocidas en la actualidad en el mutualismo judicial.
- Riesgo durante el embarazo o lactancia natural: Es una de las grandes novedades del Reglamento. Aunque estas contingencias ya vienen recogidas en los presupuestos de la Mutualidad desde hace varios años, ahora se incorporan a la norma dando cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Protección de la mujer
Más del 64 por 100 del colectivo protegido son mujeres y la tendencia es que seguirá incrementándose. Por ello, este Reglamento hace especial hincapié en clarificar todas las prestaciones que proporciona la Mutualidad en relación con la maternidad, la lactancia natural el parto y el puerperio. Como modalidad de incapacidad temporal, y junto a la licencia por riesgo durante el embarazo, se ha incluido la licencia por riesgo durante la lactancia natural de un hijo menor de nueve meses, al mismo tiempo que se garantiza la plenitud de los derechos económicos de la funcionaria que se encuentre en cualquiera de ambas situaciones.
La norma no supone en ningún caso un aumento del gasto público, ya que realiza actualizaciones y adaptaciones normativas sin introducir ninguna contingencia que suponga la necesidad de una nueva dotación presupuestaria."

jueves, 7 de julio de 2011

CSIF EN CONTRA DE LA DESAPARICIÓN DE LA ASAMBLEA




En una noticia anterior os informábamos de la intención de la MUGEJU de eliminar la Asamblea como órgano representativo de la misma. Para CSI-F esto supone una cacicada en toda regla que repele a cualquiera que tenga un mínimo sentido democrático.

Documento relacionado:


miércoles, 6 de julio de 2011

Borrador de reforma de la MUGEJU: Desaparece la asamblea general


Es así, el Borrador de Real Decreto contiene una medida tan sorprendente como inaudita que no es otra sino la desaparición de la Asamblea General de compromisarios. Supone eliminar el único órgano representativo de la MUGEJU por una decisión unilateral del Ministerio y los actuales dirigentes de la entidad. La Asamblea General tiene, entre otras funciones, la de vigilar y controlar los órganos ejecutivos de la MUGEJU que ahora pasan a un Consejo rector y a una comisión ejecutiva.

La composición de estos órganos deja en minoría de 7 a 5 a los funcionarios de Justicia que somos la mayoría de los usuarios de la MUGEJU frente a los nombrados a propuesta del Ministerio.

Con esta decisión se suprime la democracia en la MUGEJU y la participación directa de los funcionarios en la vida de dicha entidad. Una medida que repele a todo aquel con un mínimo de sensibilidad democrática.

CSIF ya ha manifestado su oposición frontal a esta inaudita medida.

viernes, 24 de junio de 2011

Nueva tarjeta de afiliación de MUGEJU


MUGEJU va a a emitir una nueva Tarjeta de Afiliación, y va a remitirla al domicilio de la residencia de cada mutualista. Es importante que cada uno de los mutualistas actualicemos nuestro domicilio y datos personales y familiares, en el caso de que hayan experimentado algún cambio. Podemos hacerlo en la Delegación Provincial de MUGEJU o a través del Portal del Mutualista

jueves, 5 de mayo de 2011

Nueva póliza sanitaria para viajes en el extranjero


La MUGEJU nos informa sobre la nueva póliza de seguro sanitario de asistencia en el extranjero firmado con la compañía SOS Internacional y de la que os adjuntamos información sobre las condiciones y cobertura en documento adjunto. Desde el 1 de mayo está vigente este seguro que sustituye al anterior firmado con INTERPARTNER.

Recordad que también podéis obtener la Tarjeta Sanitaria Europea para viajar dentro de la Unión pero que dicha tarjeta sólo garantiza la prestación sanitaria en el extranjero en las mismas condiciones que los nacionales del país en el que os encontréis por lo que podréis estar expuestos a situaciones de copago sanitario vigente en alguno de estos países.


Documentos relacionados:
Seguro sanitario SOS INTERNACIONAL
Tarjeta sanitaria MUGEJU
WEB MUGEJU

jueves, 14 de abril de 2011

Registro electrónico de la MUGEJU

Resolución de 5 de abril de 2011, de la Mutualidad General Judicial, por la que se crea y regula el Registro electrónico del Organismo. La presente resolución tiene por objeto la creación y regulación del registro electrónico en la Mutualidad General Judicial, encargado de la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones, así como el establecimiento de los requisitos y condiciones de funcionamiento de dicho registro respecto de los trámites y procedimientos comprendidos dentro de su ámbito de aplicación

Documento relacionado:

Resolución de 5 de abril de 2011, de la Mutualidad General Judicial

Versión para imprimir

domingo, 10 de abril de 2011

El teléfono de MUGEJU 24 horas desparece:No ha durado ni dos años.


Os adjuntamos información sobre la eliminación servicio telefónico de 24 horas de la MUGEJU, a partir del 31 de mayo. 


Enlace relacionado:


miércoles, 9 de febrero de 2011

NOTA DE PRENSA DE CSIF SOBRE REFORMA DE LAS PENSIONES

REFORMA DEL SISTEMA DE JUBILACIONES

Ante las informaciones de distintos medios de comunicación sobre el acuerdo alcanzado entre Gobierno, CC.OO, UGT y la Patronal para reformar el sistema de pensiones, la CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE Y DE FUNCIONARIOS, CSI-F, lamenta que un tema tan importante para el conjunto de la sociedad haya sido objeto mercadeo y ocultismo entre las partes, sin trasladar a la sociedad la totalidad ni de los temas ni de los acuerdos alcanzados.
Se está perdiendo una oportunidad insustituible para poner las bases de una reforma del sistema de pensiones efectiva, satisfactoria y real para todos:
▪ No se aborda la opción de una jubilación flexible que reconozca el derecho de un trabajador a que cuando haya cotizado un número significativo de años pueda jubilarse sin merma económica independientemente de su edad, reforzando la relación entre el esfuerzo de cotización y la prestación, vinculando la edad de jubilación al periodo de cotización y a partir de determinado periodo, permitir la jubilación voluntaria sin pérdida de derechos.

▪ El aumento del periodo de cálculo de la prestación de los 15 a los 25 años empobrece a los futuros jubilados, nos vuelve a hacer pagar la desastrosa gestión actual de las Administraciones Públicas a los trabajadores en el futuro.

▪ Retrasan el derecho de la jubilación anticipada, con la consiguiente repercusión en el acceso de los jóvenes al trabajo a través de los contratos de relevos y con una carga añadida a determinados colectivos que demandaban esta opción.

▪ No hay constancia de que aborden las prejubilaciones escandalosas que en muchos casos con dinero público abordan, bancos, cajas de ahorros y grandes empresas.

▪ Las jubilaciones no contributivas deberían de ser financiadas vía presupuestos generales del Estado, no a través de las cotizaciones de los trabajadores.
▪ Con la alta tasa de paro entre los jóvenes españoles, unido a la prolongación de la edad de jubilación y a los años necesarios para llegar a la percepción completa de una jubilación económicamente ya mermada, obligarán a una gran parte de esta población a que si quieren tener una jubilación digna tener que acudir a los planes de pensiones de las entidades financieras.

▪ Tampoco abordan las jubilaciones de los políticos, perpetuando el que haya ciudadanos de primera y de segunda. Y sobre todo mientras no se aborden los grandes problemas que generan el déficit público de las Administraciones Públicas todas las medidas que se adopten serán al final ineficaces.

martes, 7 de diciembre de 2010

El Gobierno reforma el régimen de pensiones de los funcionarios



La medida sólo afecta a los funcionarios de nuevo ingreso y se ha publicado mediante Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo (BOE extraordinario de 3 de diciembre)., se establece que los funcionarios de nuevo ingreso cotizarán y percibirán sus pensiones por el Régimen General de la Seguridad Social. 

Por su parte, los que ya son funcionarios y cotizan por clases pasivas seguirán dentro de este régimen incluso aunque ingresen o reingresen en un cuerpo distinto dentro de la Administración siempre y cuando la relación con la administración no se vea interrumpida.

Por otro lado, frente a lo que se filtró en un primer momento, la MUGEJU (ni el resto de mutualidades) no se ve afectada por este cambio ya que los funcionarios de nuevo ingreso recibirán la atención sanitaria (Seguridad Social o conciertos sanitarios) y las prestaciones de la mutualidad tal y como se viene haciendo hasta ahora. 

lunes, 29 de noviembre de 2010

Asamblea de la MUGEJU. Madrid, 26/11/2010


En documentos asociados os adjuntamos la hoja informativa sobre la reunión celebrada en Madrid el pasado día 26 de noviembre de la Asamblea de compromisarios de la MUGEJU.


CSI·F, lucha por la permanencia de la MUGEJU
CSI·F lucha por la mejora de las prestaciones
CSI·F reclama mayor sencillez en los trámites
                                        CSI·F se acuerda de nuestros jubilados.

Documentos asociados:


martes, 23 de noviembre de 2010

Concierto sobre prestación de asistencia sanitaria para 2011


Publicado en el BOE de hoy la prórroga del concierto para 2011 sobre prestación sanitaria.
Mutualidad General Judicial. Asistencia sanitaria
  • Resolución de 11 de noviembre de 2010, de la Mutualidad General Judicial, por la que se publica la prórroga para 2011 del concierto para el aseguramiento del acceso a la prestación de asistencia sanitaria en el territorio nacional a mutualistas y demás beneficiarios que no opten por recibirla a través del sistema sanitario público para 2011, y la relación de entidades de seguro que han suscrito la misma

lunes, 15 de noviembre de 2010

Nuestra cobertura sanitaria está en peligro


Nuestra cobertura sanitaria está en peligro

Los políticos han lanzado una nueva agresión a los funcionarios con la reducción de
cuadros médicos y tratamientos. Su objetivo final es la desaparición de las Mutualidades.

jueves, 11 de noviembre de 2010

Propuestas de CSI-F para la Asamblea del próximo 26 de noviembre

Los compromisarios de la MUGEJU avalados por CSI·F,
Un equipo a vuestro servicio.

El próximo 26 de noviembre tendrá lugar la Asamblea General anual de la MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL.

Los compromisarios avalados por CSI·F estamos trabajando duro para conseguir que cada vez tengamos una mutualidad mejor y que nos preste unos servicios mas eficientes.

Nos preocupa mucho el futuro de nuestra Mutualidad, porque nosotros creemos en este sistema. Nunca nos ha movido ningún interés partidista sino únicamente el beneficio de los mutualistas.


En nuestro afán de dar transparencia a todo lo que suceda en la MUGEJU, a continuación os resumimos los puntos que queremos tratar en el Orden del día de la Asamblea:



miércoles, 27 de octubre de 2010

Guía sobre Seguridad Social en la UE

Publicamos la Guía actualizada de la Seguridad Social  que contiene la normativa de la Unión Europea en materia de seguridad social explicando los derechos que tenemos mientras nos desplazamos por la Unión Europea. Accede al contenido de la guía en este enlace.

lunes, 6 de septiembre de 2010

Publicadas las cuentas de la MUGEJU


Mutualidad General Judicial. Cuentas anuales

Resolución de 30 de julio de 2010, de la Gerencia de la Mutualidad General Judicial, por la que se publican las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2009.
PDF (BOE-A-2010-13747 - 22 págs. - 384 KB)

domingo, 4 de julio de 2010

Creación de la sede electrónica de la MUGEJU

Resolución de 23 de junio de 2010, de la Mutualidad General Judicial, por la que se crea la Sede Electrónica de Organismo.

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, creó el concepto de «sede electrónica», justificado por «la necesidad de definir claramente la «sede» administrativa electrónica con la que se establecen las relaciones, promoviendo un régimen de identificación, autenticación, contenido mínimo, protección jurídica, accesibilidad, disponibilidad y responsabilidad».
Por sede electrónica se entiende según dicha Ley «aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias».